Hermosillo, Sonora; 25 de octubre de 2022.- La diputada Elia Sahara Sallard Hernández, presentó ante el pleno del Congreso del Estado la iniciativa con proyecto de Decreto que adiciona un artículo 15 BIS a la Ley para la Protección, Conservación y Fomento del Árbol en las Zonas Urbanas del Estado de Sonora, a fin de que, en los centros comerciales, plazas o supermercados que cuenten con estacionamientos en espacios abiertos, se coloquen árboles.
La iniciativa que fue turnada a la Comisión de Ecología, Cambio Climático y Medio Ambiente tiene como objetivo generar acciones que ayuden a combatir el cambio climático, además de tener una ciudad con una infraestructura verde bien planificada, con lo cual se vuelve más sostenible, mejora la calidad de vida y conserva los ecosistemas.
Detalló que se propone adicionar un artículo 15 BIS a la Ley para la Protección, Conservación y Fomento del Árbol en las Zonas del Estado de Sonora, con el objeto de que los centros comerciales, plazas o supermercados con estacionamientos en espacios abiertos, cuenten con un árbol y, en el caso de estacionamientos en zonas de azotea, se coloquen maceteros con árboles, los cuales deberán ser endémicos en el municipio en donde se encuentren los establecimientos para la supervivencia del árbol.
“El Cambio Climático es un grave problema que la humanidad ya está enfrentando. Dada la importancia que tienen los árboles en la vida del ser humano y sobre todo para quienes vivimos en Sonora; es de vital importancia llevar a cabo una estrategia de arborización en nuestros municipios, ya que desgraciadamente con el crecimiento de nuestras ciudades ha dejado de ser una prioridad la plantación de un árbol en las escuelas, en las plazas, en nuestras casas, en los edificios públicos, entre otros lugares; siendo un caso muy particular y que motiva la presentación de esta iniciativa, el caso de los estacionamientos de los centros comerciales”, apuntó.
Sallard Hernández mencionó que la Comisión de Ecología y Desarrollo Sustentable del Estado de Sonora, contará con un plazo de treinta días naturales para actualizar el Reglamento de la Ley de para la Protección, Conservación y Fomento del Árbol en las Zonas Urbanas del Estado de Sonora, a efecto de establecer una sanción por la violación a lo dispuesto en el artículo 15 Bis del presente Decreto, la cual no podrá ser menor a cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente a la fecha de la infracción.
Los centros comerciales, plazas o supermercados que se encuentren funcionando desde antes de la entrada en vigor del decreto, que cuenten con estacionamientos en espacios abiertos, contarán con un plazo máximo de seis meses contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto para llevar el proceso de arborización de conformidad a las especificaciones que para tal efecto determine la Comisión de Ecología y Desarrollo Sustentable del Estado de Sonora.
Tratándose de centros comerciales, plazas o supermercados que vayan a entrar en funciones en fecha posterior a la entrada en vigor de este decreto, no lo podrán hacer, si no dan cumplimiento al primer párrafo en el presente artículo.